COMUNICADO
Montevideo, 29 de Agosto de 2008
A todas las afiliadas:
ANTECEDENTES:
1) Visto lo resuelto en el Congreso Ordinario de la F.C.U. del Año 2007, donde los competidores que obtuvieran su licencia como libre por una Federación Departamental. Obligatoriamente debían usar la camiseta de la Federación por la cual obtuvieron su licencia
2) Que aquellas Federaciones Departamentales que no tenían su personería jurídica vigente o en trámite, tenían plazo hasta fin del año 2007 para regularizar su situación, debido que a la fecha de vencimiento solo una de las Federaciones en forma irregular había iniciado el mencionado trámite, el Consejo Directivo de la F.C.U. prorrogó el plazo hasta el Congreso Ordinario del Año 2008.
3) Que a la fecha del Congreso ordinario de la F.C.U. del año 2008 las
Federaciones Departamentales de Canelones, Rocha, Lavalleja, San José y Flores no iniciaron el tramite de referencia, se resolvió que a partir de la fecha no reconocer a estas Federaciones y no dar trámite a ninguna licencia que provenga de esas Federaciones, y aquellos clubes que pertenezcan a esas federaciones y tengan su Personería Jurídica vigente o en trámite, se le otorgase licencia por su club y perteneciente a la Federación Ciclista Uruguaya hasta tanto no se encuentre una solución definitiva al tema.
4) Que al haber comenzado la temporada correspondiente al año 2008/2009 la situación de las federaciones mencionadas en el punto 3 se mantiene incambiada, y visto que no se previó con que camiseta correrían los competidores libres que se encuentren en la situación comprendida en el punto 3 .
5) El Consejo Directivo de la Federación Ciclista Uruguaya en uso de las facultades que le otorga el Estatuto Articulo 20 inciso D y E. .
RESUELVE:
1) Que aquellos competidores que en la temporada anterior tramitaron su licencia en las Federaciones que hoy se encuentran en situación irregular pueden obtener su licencia directamente en la Federación Ciclista Uruguaya, como así también aquellos Clubes que tengan su situación Jurídica regularizada.
2) Debido a que el Congreso no previo con que color de camiseta
correrían los competidores libres que provengan de Federaciones que no están reconocidas por La F.C:U. por no tener personería Jurídica en vigencia/trámite. Se entiende conveniente que no se utilice los colores de la Selección Nacional para competir en pruebas nacionales, por tal motivo ésta Federación proveerá de camisetas a los libres de las Federaciones que por el momento nos son reconocidas por ésta Federación. (Canelones, Flores, San José, Lavalleja, Rocha)
3) La instrumentación de entrega de las camisetas de los libres
comenzará en la fecha única del 21 de setiembre próximo, hasta ese momento se autoriza a los libres con licencia de la Federación Ciclista Uruguaya a correr hasta ese entonces con los equipos que posea cada uno.
4) queda expresamente prohibido otorgar licencias por la Federación Ciclista Uruguaya a competidores libres que lo hayan hecho en esa categoría el año anterior en Federaciones reconocidas por la FCU por tal motivo estos competidores deberán realizar su solicitud de licencia por cualquier federación o club que a la fecha de la presente resolución este reconocida por la FCU.
Consejo Directivo Federación Ciclista Uruguaya.
29 de agosto de 2008